Luego de un prolongado proceso judicial que se extendió por más de dos décadas, la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata confirmó que la Municipalidad deberá indemnizar a la ciclista con 11.800.000 pesos por los daños sufridos. Sin embargo, la demanda contra Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA) fue desestimada, ya que no se probó que la empresa tuviera responsabilidad por el estado de la boca de tormenta.
Las pruebas presentadas durante el juicio mostraron que la tapa de la boca de tormenta estaba desplazada, lo que provocó que la rueda delantera de la bicicleta se trabara y la mujer cayera al asfalto. La documentación médica y el acta policial evidenciaron las lesiones y el estado de la bicicleta, que presentó la horquilla delantera doblada.
A pesar de iniciar acciones legales contra la Municipalidad y ABSA, argumentando que el accidente fue consecuencia del mal estado de la vía pública, la demanda fue parcialmente aceptada en noviembre de 2025. El juzgado condenó a la Municipalidad a pagar la indemnización, mientras que la acción contra ABSA fue rechazada por falta de pruebas.
Descontento con la decisión, el municipio apeló, argumentando que no se había demostrado el estado de la calle al momento del accidente y que la pericia técnica se realizó años después. También señaló que no podía ser responsable de todos los desperfectos en las calles de la ciudad.
Sin embargo, la Cámara desestimó estos argumentos, señalando que el informe de un ingeniero designado en la causa logró relacionar las tapas de inspección analizadas con el croquis policial realizado el día del incidente. Esto permitió reconstruir el estado de la calzada y establecer que una tapa de inspección desplazada puede generar un desnivel que compromete la estabilidad de una bicicleta o motocicleta.
Además, las pruebas penales y médicas respaldaron que la caída y las lesiones ocurrieron inmediatamente tras el accidente. Por lo tanto, los jueces sostuvieron que era responsabilidad de la Municipalidad mantener las calles en condiciones seguras. En el juicio, el municipio había informado que, al detectar una tapa de inspección faltante o rota, el procedimiento consiste en señalizar el lugar y reemplazarla en un plazo de 48 horas.
Al no poder demostrar que la ciclista había contribuido al accidente, la Cámara confirmó la responsabilidad del municipio en los daños ocasionados, manteniendo firme la indemnización y ordenando que las costas del proceso fueran cubiertas por la Municipalidad, mientras que la acción contra ABSA fue rechazada por falta de elementos que demonstraran su intervención.


















