La resolución, dictada el 1° de septiembre de 2026, también dispuso un embargo de $500.000 millones sobre los bienes de cada una y la inhibición general de sus patrimonios.
Mantecón Fumadó, de 56 años, estuvo al frente de la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), dependiente de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Bisio, de 71 años, fue administradora nacional de la ANMAT. Según el fallo, ambas ocupaban posiciones centrales dentro de la estructura estatal responsable del control sanitario durante el período en que se fabricaron y distribuyeron lotes de fentanilo contaminados con las bacterias Klebsiella pneumoniae, Klebsiella variicola y Ralstonia mannitolilytica.
Mantecón Fumadó ingresó al Estado en 1999 como asesora jurídica del Ministerio de Salud y posteriormente desarrolló distintas funciones dentro de la ANMAT. En diciembre de 2022 asumió la dirección del INAME y permaneció en el cargo durante el inicio de la gestión de Javier Milei, hasta agosto de 2025, cuando fue apartada preventivamente mientras avanzaba la investigación.
Bisio, médica psiquiatra y psicóloga, ingresó a la ANMAT en 1992, poco después de la creación del organismo. Ocupó distintos cargos técnicos y directivos y en diciembre de 2023 fue designada administradora nacional. Renunció en enero de 2026 y fue reemplazada por Luis Eduardo Fontana.
Uno de los principales puntos analizados por la Justicia es una reunión realizada el 14 de enero de 2025 en la sede de la ANMAT, de la que participaron ambas funcionarias y representantes de los laboratorios investigados. El encuentro fue convocado para analizar reportes recibidos, aunque el auto de procesamiento sostiene que también estuvo relacionado con dos proyectos de cartas de advertencia que ya habían sido preparados para su firma.
Las versiones de las exfuncionarias sobre esa reunión fueron diferentes. Bisio afirmó que permaneció en silencio y que asistió para mantener el orden, mientras que Mantecón Fumadó rechazó esa explicación y sostuvo que la entonces titular de la ANMAT intervino y respaldó sus planteos.
La investigación también estableció que ambas conocían las deficiencias detectadas durante una inspección realizada en noviembre de 2024. De acuerdo con el fallo, Mantecón Fumadó tenía conocimiento de irregularidades consideradas críticas al menos desde el 3 de enero de 2025, mientras que Bisio habría tomado conocimiento, como mínimo, durante la reunión del 14 de enero.
Las dos exfuncionarias fueron detenidas el 3 de agosto de 2026 para garantizar sus declaraciones indagatorias y recuperaron la libertad al día siguiente, bajo una caución de $75 millones cada una. Además, se les retuvieron los pasaportes, se les prohibió salir del país, se estableció una presentación mensual ante la Policía Federal y se les impidió mantener contacto con personas vinculadas a la ANMAT y el INAME.
La causa contabiliza 134 víctimas relacionadas con el fentanilo adulterado: 90 fallecieron, dos sufrieron lesiones gravísimas, 41 lesiones graves y una persona lesiones leves.
El primer lote contaminado identificado fue el número 31202. La orden de producción fue emitida el 16 de diciembre de 2024, la fabricación se realizó entre el 18 y el 19 de ese mes y el producto fue liberado al mercado el 4 de enero de 2025.
El fallo también señala que la carta de advertencia que prohibió la producción fue firmada por Mantecón Fumadó y Bisio el 10 de febrero de 2025, 38 días después de que los equipos técnicos del INAME elevaran el proyecto. En cambio, la carta destinada a impedir la comercialización de los productos del otro laboratorio involucrado nunca llegó a ser firmada.


















