La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado válida la ley que establece la nueva conformación del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Santa Cruz, una medida que busca resolver un prolongado conflicto entre los distintos poderes del estado provincial. Con este pronunciamiento, el TSJ deberá contar con nueve miembros en su integración.
El enfrentamiento de poder en Santa Cruz comenzó en septiembre del año pasado, cuando cuatro integrantes del tribunal provincial se opusieron a la ampliación, quedando en una situación de minoría. Estos magistrados desconocieron los nombramientos de los nuevos vocales, retuvieron sus salarios y prohibieron su acceso al edificio judicial. Además, destituyeron al juez Daniel Mariani de su puesto de presidente sin contar con una mayoría suficiente.
De este modo, la Corte convalidó la ley promovida por el gobernador Claudio Vidal, que amplía el número de integrantes del Tribunal Superior de Justicia de cinco a nueve miembros.
En el año anterior, cuatro jueces del TSJ, alineados con el kirchnerismo, declararon la ley inconstitucional, lo que provocó una crisis institucional sin precedentes entre los tres poderes de la provincia.
“Esta Corte no advierte que existan impedimentos para que los jueces designados según la ley 3949 asuman inmediatamente el cargo. Asimismo, corresponde aclarar que la presente decisión implica que la ley en cuestión vigente recobre su plena aplicabilidad, de modo que el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz se encuentra integrado con el número legal de nueve miembros quienes, a partir del dictado de la presente sentencia, deberán intervenir como tales -previo cumplimiento de los recaudos formales correspondientes- en todas las decisiones del tribunal”, manifestaron los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
La decisión del máximo tribunal llegó después de que se solicitaran en dos ocasiones a la corte local todos los expedientes tramitados en la provincia. Al examinar el caso, los ministros subrayaron los “graves defectos” en la decisión de impedir el asunción de los nuevos jueces, así como en la legitimidad de la asociación de empleados judiciales de la provincia que se opuso a la reforma legislativa y presentó una demanda que bloqueó la ampliación del tribunal.
La Corte Suprema de la Nación destacó que “en los términos del artículo 5 de la Constitución Nacional, el gobierno federal es el garante del goce y ejercicio de las instituciones provinciales, y que esta Corte Suprema tiene la responsabilidad, en el marco de sus competencias, de asegurar el cumplimiento del orden institucional establecido”.


















