Esta normativa, que cuenta con el respaldo del marco legal estatal, sitúa a Arizona entre los estados más flexibles y debatidos en el ámbito del alquiler.
El eje central de esta legislación se encuentra en el estatuto estatal A.R.S. § 33-1329, que prohíbe a cualquier ciudad o municipio implementar controles sobre los precios de los alquileres.
Desde una perspectiva legal, la normativa establece que el control de las rentas es competencia del estado, lo que impide a los gobiernos locales regular las tarifas que pueden establecer los propietarios.
Esto implica que importantes ciudades como Phoenix y Tucson no tienen la facultad de imponer topes o limitar los aumentos, incluso en situaciones de crisis habitacional.
De acuerdo a la legislación vigente y al marco del Arizona Residential Landlord and Tenant Act, no hay un porcentaje máximo estipulado para el aumento de los alquileres.
Los incrementos pueden aplicarse de forma continua en contratos de alquiler mensuales, siempre que se respete el aviso previo correspondiente.
Si bien la ley otorga una amplia autonomía a los propietarios, también establece una condición esencial: la notificación al inquilino.
En el caso de contratos de plazo fijo, el alquiler no puede ser modificado hasta la finalización del acuerdo, a menos que se haya acordado lo contrario.
A pesar de la ausencia de límites, la ley incorpora algunas restricciones, las cuales están alineadas con normativas federales como la Ley de Vivienda Justa.


















