La firma pertenece a Juan Bautista y Carlos Emilio Melzi, dirigentes del Frente Renovador en La Plata y vinculados políticamente con Héctor Rubén Eslaiman, exvicepresidente de la Cámara de Diputados bonaerense. Además, la investigación menciona conexiones con Juan Ignacio Agra, un financista que también está bajo análisis por su relación con Megalatina, una entidad que adquirió importantes volúmenes de dólares durante la vigencia de las restricciones cambiarias.
El sumario del Banco Central se inició por operaciones efectuadas durante el verano de 2023. En particular, el organismo cuestionó la compra de divisas por US$ 1,6 millones a Stema Cambios y su posterior venta a Soy Vos SAS. Según la acusación administrativa, la casa de cambio no habría reunido documentación suficiente para comprobar que las transacciones se correspondían con la realidad económica, las prácticas habituales y la lógica del mercado.
Frente a los cuestionamientos, los hermanos Melzi plantearon la prescripción de la acción penal cambiaria y solicitaron la nulidad del procedimiento por una presunta vulneración del debido proceso. También impugnaron la Resolución 112/25 y cuestionaron la constitucionalidad de la Ley de Régimen Penal Cambiario y del decreto 609/2019.
Agra, por su parte, argumentó que su condición de accionista, sin participación en el directorio ni en la toma de decisiones, impedía atribuirle responsabilidad en los hechos. También invocó el principio de prohibición de doble juzgamiento, conocido como non bis in idem.
En su resolución, Kreplak consideró que las operaciones estaban permitidas por la normativa vigente y citó la Comunicación “A” 7901, que establecía límites cuantitativos para las transacciones entre operadores cambiarios. El magistrado sostuvo además que Karuna Group había actuado bajo la confianza legítima que le otorgaba la matrícula vigente de la contraparte y afirmó que el organismo regulador no podía atribuir responsabilidad a un privado para compensar posibles deficiencias en su propia supervisión.
La resolución también menciona la existencia de otro sumario iniciado por el Banco Central en 2024 contra la casa de cambio y sus accionistas.
Los representantes legales del organismo cuestionaron la interpretación del juez y calificaron el fallo como “escandaloso”. Según su planteo, el eje de la investigación no era únicamente el cumplimiento de los límites cuantitativos, sino la presunta falta de elementos para acreditar la genuinidad de las operaciones, conforme a lo establecido en la Comunicación “A” 6844.
El Banco Central precisó que existen dos expedientes con objetos diferentes. En el sumario cambiario 8407 se analiza si cuatro operaciones se concretaron sin cumplir con los requisitos necesarios para certificar su legitimidad. En tanto, el sumario financiero 1650 examina posibles irregularidades relacionadas con las operaciones que la entidad estaba habilitada a realizar y su adecuación a las normas aplicables a los operadores de cambio.
La investigación también registra antecedentes vinculados con el entorno político de los propietarios. Natalia Carolina Eslaiman, hija del exvicepresidente de la Cámara de Diputados bonaerense, trabajó durante ocho meses en Karuna Group y también tuvo actividad laboral en la Legislatura provincial en 2015.
















