La medida había sido dictada en mayo por el titular del Juzgado de Garantías N° 7 de Pilar, Walter Federico Saettone. Los jueces de la Sala III, Luis Cayetano Cayuela, Gustavo Herbel y Carlos Blanco, hicieron lugar a las apelaciones presentadas por las defensas de los periodistas Nicolás Pizzi, Luis Gasulla, Bruno Yacono y Mariano Roa, y de los dirigentes de la Coalición Cívica Facundo Del Gaiso y Matías Yofe.
En su resolución, los magistrados cuestionaron que la decisión de primera instancia no precisara cuáles eran los delitos que supuestamente se estaban cometiendo ni aportara elementos que demostraran la existencia de un riesgo concreto para las autoridades de la AFA.
La Cámara sostuvo que, para imponer una medida cautelar de carácter penal, debe existir una hipótesis delictiva definida. En ese sentido, consideró que una afectación genérica de la tranquilidad de una persona no alcanza por sí sola para configurar un delito ni para justificar una restricción de derechos.
Los jueces también remarcaron que las medidas adoptadas afectaban derechos constitucionales, particularmente la libertad de expresión, y señalaron que una limitación de ese alcance no puede sustentarse en fundamentos genéricos o imprecisos.
La resolución de primera instancia había prohibido a los denunciados mantener cualquier tipo de contacto con los dirigentes de la AFA y sus familiares, ya fuera por teléfono, medios digitales, redes sociales, aplicaciones de mensajería, correo electrónico u otros mecanismos de comunicación, tanto de manera directa como indirecta.
Además, se había establecido una restricción de acercamiento de 500 metros respecto de los domicilios de los denunciantes y de los lugares donde desarrollaban sus actividades durante un período de 90 días. También se había impedido la captación o difusión de datos personales o información correspondiente a su ámbito privado, con excepción de aquellas expresiones vinculadas con su actuación pública.
Los denunciantes habían sostenido que las publicaciones de los periodistas podían generar hostilidad hacia ellos y sus familiares y provocarles daños físicos y psíquicos. Con ese argumento solicitaron medidas destinadas a proteger su vida personal y laboral.
Al fundamentar las restricciones, Saettone había señalado que buscaba preservar la seguridad de los denunciantes y sus familias mediante una limitación que consideraba mínima y necesaria frente al riesgo advertido. Según su interpretación, la medida no impedía el ejercicio de derechos por parte de los denunciados, sino que limitaba el contacto con los denunciantes para compatibilizar los derechos de ambas partes y prevenir situaciones de peligro.
La Cámara rechazó ese criterio y dejó sin efecto las restricciones.
Las defensas habían llegado a la instancia revisora luego de que el propio juzgado de primera instancia rechazara sus apelaciones. Frente a esa decisión, debieron presentar recursos de queja ante la Cámara de Apelaciones.
El expediente también había generado cuestionamientos en torno al juez Saettone. El magistrado, de 46 años, asumió al frente del Juzgado de Garantías del Departamento Judicial San Isidro el 11 de diciembre de 2013, durante la gestión bonaerense de Daniel Scioli.
Su actuación había sido observada anteriormente en otra causa vinculada con una denuncia por extorsión, en la que autorizó un allanamiento a Matías Yofe, quien había promovido una investigación relacionada con una propiedad atribuida a uno de los dirigentes de la AFA.
Además, el juez había expresado en sus redes sociales opiniones sobre cuestiones políticas y compartido publicaciones relacionadas con sus intereses personales, entre ellos el fútbol y la música.


















