La oferta contempla el reintegro total de la comisión de administración del FAL hasta el 31 de diciembre de 2027. También incluye tasas preferenciales para distintas líneas de financiamiento, con descuentos de hasta 3 puntos porcentuales en operaciones de descuento de cheques, capital de trabajo e inversión.
Para las empresas que utilicen el esquema, el Banco Nación también estableció condiciones comerciales favorables en operaciones Call destinadas a medianas y grandes compañías.
El paquete incorpora además un beneficio para los trabajadores cuyos salarios sean acreditados en el Banco Nación. En esos casos, se contempla una bonificación de 5 puntos porcentuales sobre la tasa de los préstamos personales correspondientes al Plan Sueldo.
La iniciativa apunta a acompañar a las compañías durante la implementación del nuevo esquema laboral y, según la entidad, busca impulsar la actividad económica, la inversión y el empleo, además de fortalecer el vínculo con sus clientes y captar nuevas empresas.
El Fondo de Asistencia Laboral permite a los empleadores constituir un fondo mediante aportes mensuales para afrontar determinadas obligaciones laborales cuando finaliza una relación de trabajo.
El sistema contempla obligaciones vinculadas con indemnizaciones por despido, preaviso, integración, fuerza mayor, incapacidad y fallecimiento, entre otros supuestos previstos por la legislación laboral.
El régimen comenzará a regir el 1 de noviembre de 2026 y tendrá carácter obligatorio para los empleadores del sector privado, incluidas las entidades sin fines de lucro, de acuerdo con la normativa vigente. Cada empresa podrá elegir entre las alternativas disponibles en las entidades autorizadas.
Los aportes al fondo están establecidos en el 1% de la remuneración alcanzada por las contribuciones a la seguridad social para las grandes empresas y en el 2,5% para las PyMEs. Los porcentajes están sujetos a las modificaciones que establezca la normativa vigente.
Cuando se produzca una desvinculación laboral, el empleador deberá informar el monto que corresponda transferir al trabajador, ya sea de manera total o parcial, y será responsable de determinar el importe de la indemnización.
Si el dinero acumulado en el fondo no alcanza para cubrir la obligación laboral correspondiente, la empresa deberá afrontar la diferencia con sus propios recursos.
El régimen establece además una protección específica sobre los fondos acumulados. El dinero es inembargable y únicamente puede utilizarse para los destinos previstos por el sistema, con el objetivo de asegurar su disponibilidad para el cumplimiento de las obligaciones laborales.
En cuanto al tratamiento impositivo, los rendimientos generados por el fondo están exentos del Impuesto a las Ganancias. Además, las operaciones no están alcanzadas por el IVA ni por el impuesto a los débitos y créditos bancarios, según la normativa vigente.
Con esta propuesta, el Banco Nación concentra una serie de beneficios financieros alrededor de la implementación del FAL, combinando bonificaciones para las empresas con condiciones especiales para los trabajadores que perciban sus haberes a través de la entidad.


















