Uno de los principales cuestionamientos apunta a la incorporación del concepto de “seguridad nacional”, que abarca tanto la defensa como la seguridad interior y las actividades de inteligencia. Según las objeciones planteadas en torno a la propuesta, esta definición podría habilitar una mayor intervención del sistema de inteligencia nacional, en un contexto en el que también se encuentra bajo cuestionamiento judicial la legalidad de disposiciones vinculadas con el área.
El proyecto prevé la creación del Consejo de Seguridad Nacional (CSN), que se convertiría en la máxima instancia de coordinación en la materia. Sin embargo, a diferencia de un órgano limitado al asesoramiento presidencial, tendría facultades para definir políticas, coordinar acciones, reunir información, investigar, aplicar sanciones y disponer medidas urgentes.
Entre sus atribuciones, el consejo podría impartir órdenes a la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) y decidir sobre la utilización de recursos militares. Tanto el organismo de inteligencia como el Ministerio de Defensa integrarían su estructura, mientras que el Ministerio de Seguridad quedaría fuera de esa instancia.
Las objeciones también se centran en la concentración de facultades dentro del Poder Ejecutivo. El cuestionamiento sostiene que el CSN podría asumir funciones de investigación y sanción que plantean interrogantes sobre los límites entre las competencias ejecutivas, legislativas y judiciales.
Otro punto de controversia es el manejo de la información. La iniciativa contempla la posibilidad de retrasar la comunicación sobre el inicio de determinadas investigaciones y clasificar información, una atribución que, según las críticas, podría dificultar el control sobre las decisiones adoptadas por el consejo.
El debate se vincula además con el DNU 941, firmado por Milei a fines de 2022, que modificó aspectos del sistema de inteligencia al establecer que sus actividades fueran consideradas encubiertas. Según los cuestionamientos al nuevo proyecto, esa clasificación podría extenderse a investigaciones del CSN y limitar el acceso a información sobre su funcionamiento.
En materia sancionatoria, la propuesta contempla multas, restricciones para celebrar contratos con el Estado y revocaciones de permisos o autorizaciones. Estas medidas, de acuerdo con las objeciones planteadas, no podrían ser revisadas judicialmente hasta que adquirieran carácter definitivo. Además, una eventual apelación ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal no suspendería automáticamente los efectos de la decisión del Poder Ejecutivo.
Las consecuencias podrían alcanzar también a asociaciones civiles que necesitan autorizaciones o registros para funcionar. Otro de los aspectos cuestionados es la previsión de penas de hasta 15 años para determinadas conductas vinculadas con la manipulación de la opinión pública y el financiamiento proveniente de entidades extranjeras.
La amplitud de esas definiciones genera preocupación por su posible alcance sobre organizaciones no gubernamentales, universidades y medios de comunicación que reciben apoyo internacional. Según las críticas, una interpretación extensa de esas conductas podría habilitar investigaciones sobre actividades que no necesariamente constituyen una amenaza para la seguridad nacional.
El Gobierno defendió la iniciativa durante su tratamiento legislativo, con la participación de la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy, y del subsecretario de Defensa, el general Jorge Puebla. Durante la discusión, el funcionario militar sostuvo que las Fuerzas Armadas se preparan para abandonar la situación de aislamiento en la que, a su entender, permanecieron durante décadas.
La discusión parlamentaria deberá abordar, entre otros puntos, el alcance de las facultades del Consejo de Seguridad Nacional, los mecanismos de control institucional y las garantías judiciales frente a las sanciones previstas. Los cuestionamientos planteados sostienen que los riesgos señalados requieren un debate más amplio y que no quedarían resueltos únicamente mediante modificaciones puntuales de las figuras penales o la incorporación de mecanismos de seguimiento legislativo.


















