La presentación fue realizada por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica, que cuestionaron el procedimiento utilizado para cerrar la investigación. Según sostuvieron, el fiscal Eduardo Taiano y el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi avanzaron con los sobreseimientos sin cumplir previamente con las instancias de consulta y revisión previstas en la normativa vigente.
El planteo se produjo después de que ambas entidades solicitaran la intervención de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas para evitar que el expediente quedara cerrado de manera definitiva. Ahora reclaman que el fiscal general promueva la anulación de la resolución judicial del 23 de octubre, mediante la cual los once imputados quedaron desvinculados de la causa.
Uno de los principales argumentos es que ni las querellas, cuya exclusión del expediente se encuentra apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal, ni las organizaciones recibieron una notificación previa sobre la intención de solicitar los sobreseimientos. Tampoco tuvieron oportunidad de presentar sus objeciones antes de que el fiscal Taiano emitiera su dictamen favorable al cierre de la investigación.
Las entidades consideran que esa omisión contradice distintas disposiciones legales que reconocen a las víctimas el derecho a ser escuchadas y a solicitar que un superior jerárquico revise la decisión de un fiscal cuando propone abandonar la persecución penal.
Entre las normas invocadas figuran el inciso k del artículo 5 de la Ley 27.372, que establece los derechos y garantías de las víctimas de delitos; el artículo 80 del Código Procesal Penal Federal y la resolución 41/23 de la Procuración General de la Nación.
Esta última disposición establece un mecanismo para que las víctimas puedan cuestionar ante un fiscal superior un pedido de sobreseimiento formulado por un representante del Ministerio Público Fiscal. El procedimiento contempla un plazo de diez días para presentar los fundamentos de la oposición antes de que se resuelva el planteo.
Sin embargo, según la presentación, Taiano solicitó los sobreseimientos el 22 de octubre y Martínez de Giorgi aceptó el pedido al día siguiente, sin que se hubiera habilitado previamente ese mecanismo ni intervenido el fiscal general para evaluar eventuales objeciones.
Las organizaciones sostienen que la omisión constituye un defecto procesal que debe ser reparado por la instancia superior. Por ese motivo, solicitaron que Agüero Iturbe no se limite a recibir sus argumentos una vez dictados los sobreseimientos, sino que promueva la nulidad de la resolución judicial y restablezca el procedimiento previsto para garantizar la participación de las víctimas.
El planteo también incluye un pedido para que se aplique el denominado control de convencionalidad, que implica examinar si las decisiones judiciales y las normas utilizadas resultan compatibles con los compromisos internacionales asumidos por la Argentina en materia de derechos humanos.
Como fundamento, las entidades citaron el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, referido al derecho a la protección judicial efectiva, además de antecedentes de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal.
Entre esos precedentes mencionaron un fallo que consideró procedente anular una decisión judicial adoptada después de que un fiscal solicitara desestimar una denuncia, cuando la persona damnificada no había sido notificada ni había tenido la posibilidad de pedir la revisión de esa decisión ante un superior jerárquico.
Otro de los argumentos apunta al alcance colectivo de los daños que pueden provocar los delitos de corrupción. Las organizaciones sostienen que la ciudadanía también puede ser considerada víctima de la corrupción institucional, debido a sus consecuencias sobre el funcionamiento del Estado y sobre las oportunidades y derechos que deben garantizarse a la población.
Para respaldar esa interpretación, incorporaron antecedentes judiciales que reconocen los perjuicios colectivos asociados a estos delitos y la importancia de la participación de las organizaciones de la sociedad civil en su prevención y persecución.
En relación con el contenido de la investigación por la criptomoneda $LIBRA, las entidades también cuestionaron que los elementos reunidos puedan analizarse de manera aislada. Consideraron que una posible trama de corrupción requiere evaluar conjuntamente los indicios, sus conexiones y las pruebas que todavía podrían producirse antes de adoptar una decisión definitiva.
El pedido quedó ahora a consideración de José Agüero Iturbe, quien deberá analizarlo dentro de sus competencias. Las organizaciones solicitaron que impulse la nulidad de los sobreseimientos dictados el 23 de octubre y que se restablezcan las garantías procesales que consideran vulneradas. La presentación también fue remitida al procurador general de la Nación, Eduardo Casal.

















