La jueza María Elena Baquedano resolvió su liberación una semana después del fallo que absolvió a Maximiliano Cabaleyro, referente del gremio en San Nicolás, y a otros seis empleados de la distribuidora que participaron de la protesta. La magistrada consideró que estaban dadas las condiciones legales para otorgar el beneficio, tras analizar informes del Patronato de Liberados y evaluaciones socioambientales sobre el entorno familiar de Espíndola.
El dirigente había sido imputado por extorsión y turbación de la posesión, al igual que Cabaleyro, en el marco del conflicto que incluyó un bloqueo de cinco días y denuncias por amenazas y hostigamientos. Espíndola acumuló cuatro años, cinco meses y nueve días de detención, parte de los cuales cumplió bajo arresto domiciliario con monitoreo electrónico.
La excarcelación se fundamentó en el artículo 169, inciso 6, del Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires. Esa disposición permite conceder la libertad cuando el tiempo transcurrido en prisión preventiva habilitaría al imputado a acceder a la libertad condicional o asistida en caso de recibir una condena.
El acuerdo de juicio abreviado fija un límite para la pena que podría imponerse si se determina su culpabilidad, pero no supone un reconocimiento de responsabilidad. Como condiciones para mantener la libertad, Espíndola deberá establecer un domicilio, someterse al seguimiento del Patronato de Liberados, evitar el consumo de drogas y el abuso de alcohol, y respetar la prohibición de acercarse a los propietarios de la empresa, Gustavo y Ariel Rey.
La resolución se conoció después de que el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás absolviera a Cabaleyro y a los otros acusados. El fallo, dictado por el juez Alejandro López, rechazó el pedido de la fiscalía para condenar al dirigente sindical a diez años de prisión e inhabilitarlo para ejercer cargos públicos. También desestimó la solicitud de los representantes legales de la familia propietaria de la distribuidora, que habían reclamado una pena de 15 años.
La sentencia consideró que las conductas de los involucrados durante la protesta estaban amparadas por el ejercicio legítimo de derechos, una interpretación que generó fuertes cuestionamientos. Uno de los propietarios de la empresa manifestó su rechazo al fallo y advirtió sobre el mensaje que, a su entender, transmitía a la sociedad respecto de la comisión de delitos en el marco de una huelga.
La decisión también provocó críticas de entidades representativas de los sectores industrial, comercial y de la construcción, que calificaron el pronunciamiento judicial como un “preocupante retroceso”. En respuesta, el sector empresarial puso en marcha una estrategia para denunciar al magistrado, al considerar que la resolución avala la vulneración de los derechos de propiedad y de circulación.
En ese marco, se impulsaron dos presentaciones ante la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires para cuestionar la absolución de Cabaleyro y de los demás imputados. Una de las denuncias fue presentada el viernes por una organización empresarial dedicada a combatir los bloqueos, mientras que se prevé otra presentación durante esta semana, con la participación de alrededor de 50 empresas.
La iniciativa se suma a una denuncia anterior impulsada por el diputado bonaerense Manuel Passaglia, quien era intendente de San Nicolás cuando, en abril de 2022, se realizó otro bloqueo en protesta por las detenciones de Cabaleyro y Espíndola.


















